miércoles, 24 de junio de 2015


Conciliación Bancaria

Una conciliación bancaria, es el procedimiento contable que permite verificar los saldos registrados al final de un período,  entre el Libro Mayor de Bancos y el saldo  reportado por  la Institución Bancaria, hasta lograr conciliarnos. Es un proceso que nos permite verificar si  los registros de nuestro libro bancos coincide con los registros del banco, de acuerdo nuestro ejemplo, en nuestro libro del Banco Nacional tenemos  la siguiente información.

Apertura de cuentas corrientes y sus objetivos. libro bancos. Conciliación bancaria

Al 30 de junio de 2009, terminamos con un saldo de $ 13.333,81, mientras que el estado de  cuenta del Banco, nos da la siguiente información:

Apertura de cuentas corrientes y sus objetivos. libro bancos. Conciliación bancaria

Según podemos ver el saldo del estado de cuenta del Banco es $ 16.762,45, existe una  diferencia de $ 3.428,64, que tenemos que conciliar, es decir encontrar el porqué de esta diferencia, que es precisamente el objetivo de la conciliación bancaria. Para conciliar estos valores, primero cotejamos los valores de nuestro libro con los  valores del estado de cuenta del banco, tarjando cada valor para no equivocarnos, luego preparamos el documento de conciliación de la siguiente  manera:

Apertura de cuentas corrientes y sus objetivos. libro bancos. Conciliación bancaria
Como se puede apreciar a través de la conciliación bancaria hemos encontrado el porqué de  la diferencia de $ 3.428,64 que se explica restando de los $ 5.700,00 (suma de los cheques  girados y no cobrados), los $2.271,36 (valor del depósito en tránsito).
Monografias.com



CHEQUE


Un cheque (anglicismo de cheque o check) es un documento contable de valor en el que la persona que es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a  otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta, la cual expresa en el documento, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria. El cheque es un título de valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador,  ordena incondicionalmente a una institución de crédito el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario.
Cheque Documento literal que contiene
-Orden incondicional de pago
-Dada por una persona (Librador)
-A una Institución de crédito (Librado)
-De pagar a la vista

-A un tercero o al portador (Beneficiario), Una cantidad de dinero.






















CONCILIACIÓN BANCARIA


EL ESTADO DE CUENTA  (CTA. CTE.)


La cuenta corriente es un contrato entre un banco y un cliente que establece que la entidad cumplirá las órdenes de pago de la persona de acuerdo a la cantidad de dinero que haya depositado o al crédito que haya acordado. Dicha cuenta puede ser abierta y administrada por una persona o por un grupo de personas; en este último caso, según las condiciones, todos los individuos pueden estar 

habilitados para operar.



Beneficios

  • Puedes manejar tu dinero en forma simple y segura.
  • Podrás acceder a tasas preferenciales al solicitar un Crédito de Consumo o Crédito Hipotecario.
  • Dispondrás de Talonarios de Cheques personalizados que facilitan tu identificación cuando efectúes compras o pagos.
  • Con Línea de Crédito para cubrir emergencias y gastos imprevistos.
  • Puedes contratar una amplia gama de Seguros, destacando entre ellos el Seguro Fraude Tarjeta y el Seguro de Desgravamen.
  • Puedes contratar el Pago Automático de Cuentas (PAC) para productos y servicios, con cargo a tu Cuenta.
  • Te ofrece la ventaja de administrar en forma autónoma los productos a través de nuestra página web o por el servicio telefónico 600 200 7000, donde se pueden realizar consultas, transferencias o contratar pagos de cuentas, entre otras operaciones.
  • Obtienes una Tarjeta para pagar con Red compra y acceder a la Red de Cajeros Automáticos y Caja-vecina.

Requisitos

  • Tener nacionalidad chilena o extranjera con residencia definitiva.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Ser persona natural sin giro comercial.
  • Renta líquida $400.000.-
  • Antigüedad laboral para trabajadores Dependientes: mínimo 1 año en el empleo actual o 6 meses con continuidad laboral de 2 años.
  • Antigüedad laboral para trabajadores Independientes: mínimo 1 año desde Iniciación de Actividades con al menos 1 declaración de impuesto a la renta.
  • Sujeto a evaluación según la política Crediticia del Banco.
  • Contar con domicilio a acreditar.

TARIFAS 

ServicioComisiónOportunidad de CobroCondiciones
Mantención de Cuenta Corriente
Saldo Promedio Disponible Ultimo Trimestre MóvilSólo Cuenta CorrienteCuenta Corriente + Línea de CréditoCuenta Corriente + Tarjeta de CréditoCuenta Corriente + Línea de Crédito + Tarjeta de Crédito
De UF 0 hasta UF 5UF 1,60 + IVAUF 0,80 + IVAUF 0,80 + IVAUF 0,50 + IVAMensual vencidoSi el cliente posee más de una Cuenta Corriente sus saldos se suman para determinar el saldo promedio.
Más de UF 5 hasta UF 10UF 1,00 + IVAUF 0,60 + IVAUF 0,60 + IVAUF 0,30 + IVA
Más de UF 10 hasta UF 15UF 0,60 + IVAUF 0,40 + IVAUF 0,40 + IVAUF 0,20 + IVA
Más de UF 15 hasta UF 20UF 0,30 + IVAUF 0,20 + IVAUF 0,20 + IVAUF 0,10 + IVA
Más de UF 20ExentoExentoExentoExento--
Convenios de Pago de RemuneracionesSegún ConvenioSegún ConvenioSegún Convenio
Administración Tarjeta de Cajero Automático (1) *UF 0,184 + IVAMensual vencidoValor anual UF 2,2 + IVA.
Uso internacional Tarj. Cajero Automático1,90% del monto de cada transacciónPor eventoCon un mínimo de US$ 1
Duplicado de Cartola (1) *UF 0,05 + IVAPor evento--
Reposición de Tarjeta de Cajero AutomáticoUF 0,12 + IVAPor eventoExcepto cambio por falla de la Tarjeta
Publicación Orden de No Pago (UF valor del día)UF 0,70 + IVAPor eventoDiario Electrónico El Mostrador.cl
Entrega de saldo (UF valor del día)UF 0,03 + IVAPor evento--
Cartola por Fax (UF valor del día)UF 0,04 + IVAPor evento--
(1) * Se aplica valor UF del último día hábil del mes anterior.
*La comisión por mantención de Cuenta Corriente comprende los siguientes servicios y productos, inherentes al manejo de la cuenta: depósitos, giros, cartola, talonarios de cheques, contratación de PAC, Tarjeta Clave de Transferencias o de Coordenadas, acceso a Banco Estado 24 horas (consultas, cartolas, transferencias, cambios de claves).
*Para ciertos productos o servicios pueden existir gastos asociados (gastos notariales y similares), que también son de cargo del cliente y cuya cuantía varía en función de los montos involucrados.
*Para los clientes de la Banca Micro-empresas, que tengan activa la tarjeta de Cajero Automático más los otros productos, no tendrán cobro de Mantención en la Cuenta Corriente.
Redes de Débito y Crédito Nacionales e Internacionales en las cuales participa Banco Estado
Débito NacionalDébito InternacionalCrédito Internacional
Crédito InternacionalMastercard
  • Red BancoEstado
  • Red Redbanc
  • Red Presto
  • Red Falabella
  • Red Maestro en Comercios
  • Red Cirrus en Cajeros Automáticos
  • Red de Comercios Mastercard
  • Red Cirrus en Cajeros Automáticos
Crédito Nacional-VISA
  • Comercios Nacionales que acepten Tarjeta de Crédito VISA y MASTERCARD
-
  • Red de Comercios VISA
  • Red Plus en Cajeros Automáticos
Nota: Para CuentaRUT, sólo aplica Débito Nacional.



Documentación

  • Cédula de Identidad vigente.
  • Fotografía reciente tamaño carné o pasaporte.
  • Acreditación de ingresos y antigüedad laboral de Trabajadores Dependientes: Última Liquidación, para clientes con Renta Fija.
  • Tres últimas Liquidaciones, para clientes con componentes de renta fija variable.
  • Seis últimas Liquidaciones, para clientes con renta variable.
  • Cuando la liquidación de Sueldo no indique la fecha de ingreso, presentar un certificado de antigüedad laboral del empleador.
  • Acreditación de ingresos y antigüedad laboral Trabajadores Independientes: Boletas de Honorarios y/o Declaraciones de PPM (Form. Nº 29) de los últimos seis meses.
  • Última Declaración Anual de Impuestos (DAI – Form. Nº 22).
  • Declaración de Inicio de Actividades (Form. Nº 4415) autorizada por el SII.
  • Para comprobar domicilio, uno de los siguientes documentos: Estados de cuenta de casas comerciales de reconocida presencia en el mercado, pagados y cuya antigüedad de vencimiento no sea superior a un mes.
  • Correspondencia de entidades bancarias o financieras, tales como, estados de cuenta de tarjetas de crédito, cartolas de cuenta corriente, etc., cuya antigüedad de emisión no sea superior a un mes.


LIBRO BANCO

La mejor forma es archivar los extractos con los movimientos en una carpeta y abrir una carpeta por cada banco y ordenarlos por número de documento, es decir cuando contabilices le vas dando por orden un número y lo archivas por ese número. Un libro de bancos, es donde se recogen los movimientos bancarios que se producen de una empresa por orden y en conciliación con los movimientos bancarios que te da tu banco. La mejor forma de contabilizarlos es por el mismo orden que los extractos del banco para que a la hora de la conciliación te sea más rápido efectuarla.





Esta ventana, presenta toda la información referente a las transacciones que se han realizado en la cuenta bancos, siendo el patrón de búsqueda, por fechas y por número de cuenta. Luego de solicitar la consulta, se detallan el número de cuenta, la fecha, el tipo de proceso, el concepto de la transacción, etc.



FORMATO DEL LIBRO BANCO 



Balance del libro bancos

Es un principio contable mediante el cual se busca la igualdad de las columnas del DEBE y HABER.
Esta igualdad se logra si el último saldo obtenido se transfiere a la sub-columna DEBE o HABER que resultó con menor importe, transferencia de saldo que resulta siempre contrario a su significación. Por ejemplo si el último saldo es deudor, para efectos del balance de sumas este saldo se coloca en la columnas HABER precedida de la expresión "POR BALANCE", "POR SALDO", "SALDO SIGUIENTE", etc.; pero si este saldo es acreedor deberá colocarse en el DEBE precedido de la expresión "A BALANCE", " A SALDO, ETC.



GENERALIDADES :

Los bancos ocupan importante posición en las relaciones económicas y financieras. Sirven como recepcionistas de los fondos que los individuos, empresas y otras organizaciones depositan en los mismos.

El proceso de la globalización que el vive el mundo financiero hace que la relación bancos-empresas sea más activa en cuanto a la capacitación y depósitos de fondos.
Las empresas ante la necesidad de una mejor administración de su capital de trabajo especialmente mediante una eficiente operatividad de sus activos disponibles como dinero en efectivo, cheques por cobrar, etc. Hacen que busquen a los bancos tratando de minimizar los riesgos financieros y maximizar la efectividad administrativa sobre las operaciones que realizan.

Este registro sirve para llevar un mejor control de los depósitos, notas de crédito, notas de débito y cheques girados contra una cuenta bancaria, vamos a diseñar en una hoja de Excel el siguiente registro:


 Apertura de cuentas corrientes y sus objetivos. libro bancos. Conciliación bancaria

     Según podemos observar este registro está compuesto de las siguientes   columnas:
Fecha.- Para registrar las fechas de los movimientos realizados.
Cheque.- Para hacer constar el cheque emitido o en su lugar notas de           débito o crédito.
Beneficiario.- Para registrar los nombres de las personas a quien se             ha girado los cheques.
Descripción.- Para detallar brevemente el concepto del pago o                    depósito realizado.
Debe.- Para registrar los valores depositados o acreditados.
Haber.- Para anotar los valores de los cheques o notas de débito.
Saldo.- Para determinar cuál es el valor resultante después de cada movimiento, para esto en la celda H5, hemos registrado la fórmula: =+F5-G5, para que se refleje la diferencia entre los valores del debe y haber, pero a partir de la celda H6 y las siguientes hacia abajo, se registra la siguiente fórmula: =+H5+F6-G6, para que tome el saldo anterior, sume los depósitos si acaso lo hay y reste los cheques, también si los hay; de esta forma aparece siempre un saldo actualizado de acuerdo a los movimientos que se vayan registrando. Este tipo de registro se puede llevar para cada cuenta bancaria que tenga la entidad. Se puede también incluir filtros en cada columna para facilitar la búsqueda de cualquier dato como: beneficiario, concepto o cheque como lo vemos en la siguiente imagen:




Apertura de cuentas corrientes y sus objetivos. libro bancos. Conciliación bancaria 


Para esto primero marcamos el rango A4:H4, hacemos clic en “Ordenar y filtrar” y           escogemos “Filtro”, hecho esto vamos a observar que aparece en el lado derecho de           cada  columna, un cuadradito que nos permite ubicar fácilmente cualquier dato.



Apertura de cuentas corrientes y sus objetivos. libro bancos. Conciliación bancaria
























miércoles, 3 de junio de 2015

ACTUALIZACIONES CONTABLES

Retenciones ( Contribuyentes especial)

La retención es la obligación que tiene el comprador de bienes y servicios, de no entregar el valor total de la compra al proveedor, sino de guardar o retener un porcentaje en concepto de impuestos.  Este valor debe ser entregado al Estado a nombre del contribuyente, para quien esta retención le significa un prepago o anticipo de impuestos.

¿Qué impuestos deben ser retenidos?
Deben retenerse en el porcentaje correspondiente,  el Impuesto a la Renta y el Impuesto al Valor Agregado.
¿Quién debe retener impuestos?
El agente de retención, que como regla general, es quien compra bienes o servicios. Pueden ser personas naturales obligadas a llevar contabilidad, sucesiones indivisas o sociedades dependiendo de las disposiciones de las normas vigentes para cada tipo de impuesto.

Cuadro de retenciones del IVA


EXCEPCIONES:
-  No aplica retención a las compañías de aviación y agencias de viaje,
   en la venta de pasajes aéreos.
-  No aplica retención a los centros de distribución, comercializadoras,
   distribuidores finales y estaciones de servicio que comercialicen
   combustible, únicamente cuando se refiera a combustible derivado   
   del petróleo.






                     IMPUESTO A LA RENTA
El Impuesto a la Renta se aplica sobre aquellas rentas que obtengan las personas naturales, 
las sucesiones indivisas y las sociedades sean nacionales o extranjeras. El ejercicio imposi-
tivo comprende del 10 De enero al 31 de diciembre.
Para calcular el impuesto que debe pagar un contribuyente, sobre la totalidad de los ingre-
sos gravados se restará las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputa-
bles a tales ingresos. A este resultado lo llamamos base imponible. La base imponible de 
los ingresos del trabajo en relación de dependencia está constituida por el ingreso gravado
menos el valor de los aportes personales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad social 
(IESS), excepto cuando éstos sean pagados  por el empleador. La declaración del Impuesto
a la Renta es obligatoria para  todas las personas naturales, sucesiones indivisas y socie-
dades, aun cuando la totalidad de sus rentas estén constituidas por ingresos exentos, a
excepción de:
1. Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante en el país
 y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la fuente.

2. Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excedieren 
de la fracción básica no gravada. Cabe mencionar que están obligados a llevar contabilidad
todas las sociedades y las personas naturales y sucesiones indivisas que operen con un 
capital propio que al inicio de sus actividades económicas o al 10. De enero  de cada ejer-
cicio impositivo hayan superado 9 fracciones básicas desgravadas del impuesto a la renta
o cuyos ingresos brutos anuales de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior,
hayan sido superiores a 15 fracciones básicas desgravadas o cuyos costos y gastos anuales,
imputables a la actividad empresarial, del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido 
superiores a 12 fracciones básicas desgravadas.
Las personas naturales que realicen actividades empresariales y que operen con un capital
u obtengan ingresos inferiores a los previstos en el inciso anterior, así como los profesio-
nales, comisionistas, artesanos,  agentes, representantes y demás trabajadores autónomos 
deberán llevar una cuenta de ingresos y egresos para determinar su renta imponible.
Los plazos para la presentación de la declaración, varían de acuerdo
al noveno dígito de la cédula o RUC, de acuerdo al tipo de contribuyente:
                                                     


                                                     

 Noveno DígitoPersonas NaturalesSociedades
110 de marzo10 de abril
212 de marzo12 de abril
314 de marzo14 de abril
416 de marzo16 de abril
518 de marzo18 de abril
620 de marzo20 de abril
722 de marzo22 de abril
824 de marzo24 de abril
926 de marzo26 de abril
028 de marzo28 de abril


                                Tabla de Impuesto a la Rentas para el año 2015







                  







                  IMPUESTO A LA HERENCIA 




























REQUISITOS PARA INGRESO POR TERCEROS: Todo trámite ingresado por terceros 
deberá cumplir con los siguientes requisitos adicionales a los requisitos 
específicos detallados en la parte superior de éste formulario.


    El Impuesto a la Herencia no afectará al


                             cónyuge​




La nueva reforma al Impuesto a la Herencia propuesta por el Ejecutivo no
afectará a los cónyuges, solamente a las herencias percibidas por los hijos
o por terceros. Durante el enlace sabatino número 426, el presidente Rafael
Correa, señaló que “por la sociedad conyugal no  se paga nada” haciendo
referencia al pago del Impuesto a la Herencia . Carlos Herrera, especialista
económico, señala que aquellas personas con mayor número de herederos
podrán beneficiarse de la reforma. “El cónyuge del fallecido no paga 
Impuesto a la Herencia, pero el patrimonio que queda si debe dividirse para
esta persona. Si no se elimina esta condición en el nuevo proyecto, un
matrimonio con dos hijos en el que fallece uno de los padres podrá dividir 
su herencia por un mayor número  de personas y pagar así una menor tasa 
del impuesto”,  señala.  Se debe aclarar que el cónyuge no es heredero sino propietario del 50% de los bienes de la
sociedad conyuga al momento de fallecer su pareja. Partiendo de ahí, la herencia, es decir el 50% restante más
los bienes propios del difunto que no integraban la sociedad conyugal, se dividen entre los herederos. Para la
división de una herencia bajo la ley actual, las dos cuartas partes de la herencia son para  los legitimarios
(hijos), y no se puede disponer de ellas a favor de terceros, salvo en situaciones especiales, indica Juan Ríos,
abogado especialista en herencias. La herencia puede también ser predispuesta en un testamento y bajo el
monto que corresponde a cada heredero se deberá calcular su impuesto a la herencia. "A veces hay familias 
en que un hijo puede heredar USD 80 000 y otro solamente USD 40 000, dependiendo de la disposición en el 
testamento”, señala Ríos. El monto total que recibe cada heredero es el que se debe tomar en cuenta para
 calcular el Impuesto a la Herencia. Solo por este rubro en el 2014, el Servicio de Rentas Internas (SRI) recaudó
 10,6 millones.







































BIBLIOGRAFÍA 
  • http://www.elcomercio.com/actualidad/impuesto-herencia-conyuge                         -ecuador-ley.html
  • http://www.sri.gob.ec/web/10138/105
  • http://www.sri.gob.ec/de/10083
  • file:///C:/Users/Mari/Downloads/FICHA%20HERENCIAS%20LEGADOS%20  DONACIONES.pdf 
  • http://www.auditoresycontadores.com/tributacion/20-que-es-el-impuesto-a-la-renta                                           -y-quienes-deben-pagar
  • http://www.elcomercio.com/actualidad/reforma-impuesto-herencia-rendiria-pib.html